A día de hoy, los matrimonios de
conveniencia son los que se contraen
entre los personas para lucrar
los beneficios legales de estar casado;
el mayor de ellos es obtener
la nacionalidad española al cabo de
un año.
Autor: RAFAEL GUIJARRO
L os funcionarios del Ministerio
de Justicia las están pasando
canutas para distinguir los matrimonios
de conveniencia de
los matrimonios como Dios manda,
–que diríamos si no fuera tan políticamente
incorrecto utilizar una expresión
semejante–, pero tan clara y evidente,
por otra parte. A día de hoy, los matrimonios
de conveniencia son los que se
contraen entre dos personas para lucrar
los beneficios legales de estar casado; el
mayor de ellos es obtener la nacionalidad
española al cabo de un año, y por
eso suelen ser matrimonios de un nacional
con un extranjero.
Como es imposible juzgar las intenciones,
el Ministerio ha repartido unos
prontuarios para calibrar las dimensiones
de cada relación matrimonial: todavía
no valen como matrimonio las
parejas de hermanos, ni las de hermano
y hermana o las de padre o madre
con hijo o hija, ni las de personas con
sus mascotas, ni las de parejas que son tríos, aunque se aduzca que en algunas
culturas a ese tipo de relaciones también
se le llama matrimonio y la cornamenta
bien llevada ha dado lugar a excelentes
familias más extensas.
También lo rechazan si comprueban
que uno de los contrayentes no sabe absolutamente
nada del otro: sexo, edad,
familia, lugar de nacimiento, aficiones;
o si no hay relaciones previas, si no se
prueba que han mantenido relaciones
antes del matrimonio, sean personales,
por carta, por teléfono o internet, que
hayan durado y que hayan sido intensas.
El Ministerio insiste en evitar interrogatorios
prolijos, que podrían resultar
sumamente escabrosos, y así evitar
que cada presunto cónyuge se tire de la
moto en exceso con lo que se le ocurra
decir de todo lo que hecho con el otro
para que el funcionario se convenza de
la magnitud de su relación y dé el papelito,
aturdido y con mente calenturienta
por exceso de celo ministerial.
Si se desconocen algunos de esos datos,
dice Justicia, eso no basta para deducir
que se trate de un matrimonio simulado.
Tampoco presupone nada que
se hayan conocido hace poco, ni que
tengan una diferencia de edad significativa,
ni que uno de los dos no aporte
nada al matrimonio, aunque parezca
una lagarta o lagarto que va a quedarse
con todo. Justicia considera que se trata
de que los encargados de los registros
adquieran la "certeza moral plena" de
que están ante un matrimonio simulado
antes de denegarlo. Si no tienen esa
convicción, se aconseja inscribir el matrimonio,
porque si surgen nuevos datos
siempre se puede anular.